El estado de nuestros seguros no es algo que esté anotado en nuestro calendario y en lo que estemos pensando en nuestro día a día. Es por eso, por el que se nos pasa el plazo previo de un mes de anulación de la póliza, que es el tiempo con el que por ley está estipulada la solicitud de anulación de una póliza de seguro en vigor. La anulación siempre debe de estar hecha en tiempo y forma.
Según la Ley 20/2015 dicta que un cliente podrá dar de baja su póliza con un plazo previo de 30 días. En caso que sea la compañía quien, de la baja a un cliente, éste deberá ser informado con un plazo de dos meses previo a la fiscalización del contrato.
Dice la ley: El asegurador deberá comunicar al tomador, al menos con dos meses de antelación a la conclusión del período en curso, cualquier modificación del contrato de seguro.
Artículo 22.3 de LCS
No hay que olvidar que todos los seguros tienen una periodicidad anual, con que la finalización del contrato tiene lugar al pasar la anualidad NO cuando acaba el plazo de fraccionamiento.
Si el seguro que tenemos contratado es temporal, una vez finalizado el periodo de este el seguro queda extinguido de manera automática.
¿Cómo dar de baja un seguro fuera de plazo?
Aunque no es lo más aconsejable, devolver el recibo al banco se está convirtiendo en una práctica habitual llevada a cabo por los tomadores y asegurados de las pólizas. Las compañías de seguros no pasan desapercibido este hecho y en algunos casos se toman ciertas medidas que pueden pasar factura al asegurado:
Es raro que ocurra, pero si estás fuera de plazo para la anulación del seguro, lo más recomendable es que te pongas en contacto con tu mediador o compañía de seguro y se lo plantees.
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¿Cuándo dar de baja un seguro fuera de plazo?
En el caso de que la compañía de seguros haga cambios en las condiciones de la propia póliza. Llegado el caso el tiempo para anular la póliza sin penalización es de un mes. Siendo así, incluso el cliente podría tener derecho a la reclamación ante el aumento de precio.
Esto en realidad tiene sus matices, por lo que no siempre la compañía tendrá la obligatoriedad a comunicar los cambios de manera anticipada, por ejemplo, cuando las modificaciones pertinentes este reguladas en el contrato. Veamos a continuación algunos casos:
Cuando el seguro a dar de baja sea un seguro de vida individual hay un plazo de 30 días después de la firma, en el que el caso de solicitar el asegurado la devolución le será devuelta la parte no consumida del seguro.
Cuando se trata de venta online o telefónica hay un plazo de 14 días naturales. en el que se podrá cancelar el contrato sin ningún tipo problema.
En caso de que el riesgo se reduzca, el precio de la prima bajará. De no ser así el cliente podrá cancelar el contrato en los 15 días siguientes.
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