¿Qué es la Responsabilidad Civil Patronal?

Entendemos por responsabilidad civil cuando la acción u omisión que no está relacionada como falta o delito en el código penal, pero si causa un daño afectando al principio de no causar daños a terceros.

Es importante destacar que la póliza de seguro de rc es una cobertura o garantía de protección de nuestro patrimonio, de no tenerlo nuestros bienes patrimoniales podrían estar el riesgo ante un hecho de tal índole.

¿Para qué sirve y por qué es importante para la empresa?

La Responsabilidad civil patronal por accidente de trabajo cubre los daños que pueda sufrir un trabajador como consecuencia del la labor que desempeñe en su lugar de trabajo. Es una cobertura que suele incluirse en seguros demandados por empresas y autónomos.

Como comentamos es de gran importancia para la empresa dispones de seguros así, pues cubre la responsabilidad que pueda tener cualquier gerente, responsable, jefe o empleado sobre los daños que sufra el personal a su cargo.

El no disponer de este seguro podría suponer un serio problema patrimonial sobre la empresa afectada.

Dependiendo de las dimensiones del accidente puede suponer graves consecuencia para la empresa y al empresario. Por lo que el no disponer de un seguro de Responsabilidad Civil para empresas NO es una opción.

Ejemplo de Responsabilidad civil patronal

Accidente Laboral Rc PatronalPara poder describir correctamente el funcionamiento de la responsabilidad civil detallamos supuesto para que pueda ser entendido claridad. Un carpintero que haciendo labores de su oficio se corta una mano o bien un obrero que cae de un andamio muriendo en el acto.

En ambos casos entraría en funcionamiento la rc patronal velando por el patrimonio del empresario, pues de ambas formas carpintero y familias del obrero podría demandar una indemnización de la empresa alegando que no tenía la experiencia suficiente o no había recibido formación específica por parte de la empresa.

Cobertura de la responsabilidad civil patronal

  • Por medio de esta garantía, cuya contratación es opcional, deberá constar que garantiza el pago de indemnizaciones de responsabilidad civil que atenten contra el asegurado, derivadas  de reclamaciones presentadas por el personal asalariados, derechohabientes o beneficiarios a causa de daños corporales o muertes sufridos por el personal dentro de la actividad desarrollada por el asegurado.
  • Se garantiza el pago de las prestaciones sanitarias que afecten al tercero por los daños causados.
  • Qué está excluido en el seguro de rc patronal

    Importante remarcar que la RC Patronal no cubre los daños que pueda causar un empleado al volante del coche de empresa, éste estaría cubierto por el seguro de responsabilidad civil obligatoria del auto.

    No está en el seguro de responsabilidad civil patronal:

  • Cualquier prestación que sea objeto del seguro obligatorio de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales o de la seguridad social, a los que en ningún caso, podrá sustituir.
  • El seguro de RC Patronal se trata de una prestación compatible con la que tenga derecho el trabajador en calidad de beneficiario del seguro obligatorio de accidentes y de la seguridad social. Y que, a diferencia de estas, solo se dará a aquellos supuestos en que exista una responsabilidad imputable al asegurado-patrón.
  • Reclamaciones formuladas al asegurado por incumplimiento de sus obligaciones de índole laboral, ya sean contractuales o legales relativas a la seguridad social., seguro de accidentes de trabajo, pago de salarios y similares.
  • Penalizaciones, recargos o incrementos, multas en general, sanciones de cualquier tipo, de carácter administrativo que se imponga al asegurado por lo dispuesto en la legislación laboral, especialmente en la Ley General de la Seguridad Social, en el Reglamento de Accidentes de Trabajo o en la reglamentación vigente en materias de seguridad e higiene en el trabajo.
  • Los daños provocados por el abesto, plomo, sílice, polvo de algodón, pesticidas, pinturas tóxicas, ruido industrial o radiaciones de cualquier tipo.
  • Los daños materiales causados a los efectos o pertenencias de los empleados.
  • Las indemnizaciones y gastos de asistencia causados por enfermedad profesional.
  • Las indemnizaciones y gastos por accidentes de circulación a motor
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